Un requisito primordial para estar dentro de los parámetros que se solicita para que una empresa en nuestro país, y que brinde servicios de atención médica esté dentro de lo legal, debe cumplir con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana número 24.
La NOM 24 se encarga de regular los Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud, conocidos como SIRES. Abarcan para todos los hospitales, clínicas y consultorios integrados al Sistema Nacional de Salud.
La NOM 24 se utiliza para garantizar los datos confidenciales sobre la identidad y todo lo relacionado a la información clínica y de los propios pacientes, al mismo tiempo de establecer mecanismos para intercambiar, registrar y que se consolide la información de quienes presten servicios de salud.
NOM 24 Y EL SIRES
Parte del desglose de la NOM 24 se refiere al SIRES. Este protocolo es un sistema de información que captura, maneja e intercambia datos del expediente clínico, además de la información social, geográfica, de infraestructura y financiera que atestigüe la atención médica privada, social o pública.
Para ello, los sistemas de expedientes clínicos electrónicos que deben apegarse a la NOM 24 son los que te mencionamos a continuación:
- Hospitalización.
- Consulta externa.
- Urgencias.
- Laboratorio.
- Farmacia.
- Quirófano.
- Imagenología.
PUNTOS A CUMPLIR DE LA NOM 24
El software debe ser seguro y confiable en cuanto a la autenticación de usuarios, organizaciones, dispositivos u objetos antes de accesar a la información.
- Los usuarios deben ser capaces de crear reportes estandarizados y personalizados para el proceso de toma de decisiones clínicas, administrativas y financieras.
- El uso de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud para los diagnósticos.
- Transmisión de datos de manera cifrada y segura.
- Los prestadores de servicios de salud deben garantizar la confidencialidad de los pacientes, la integridad y confiabilidad de la información clínica.
- Habrá una sanción a quien revele información sobre los expedientes clínicos sin autorización expresa de los prestadores de servicios de salud, del titular de la información o de quien tenga facultad legal
- Los prestadores de servicios de salud deben garantizar la conservación y mantenimiento de condiciones adecuadas para los expedientes electrónicos.
Si no se cumple con la NOM 24, al igual que en las demás, las empresas prestadoras de servicios médicos pueden ser penalizadas con multas económicas que van desde miles de pesos, hasta el cierre o el retiro de sus permisos para trabajar.
La NOM 24 es obligatoria en todo el territorio mexicano, por eso el cumplirla cabalmente, es un gran apoyo para estar dentro de la normatividad de la Ley Federal del Trabajo.
Si necesitas más información y cuidar la salud de tu equipo, solicita una Demo dando clic
Aquí